Facturación para programadores: IVA UE, software propio y Verifactu
Un programador puede facturar por meses, hitos, anticipos o plataformas y trabajar con clientes españoles, de la UE o de terceros países. Antes de automatizar debe separar el seguimiento del proyecto de la factura, localizar correctamente el IVA y decidir si usará un producto declarado por su proveedor o un sistema de facturación desarrollado por él mismo.
Esta guía parte del supuesto de que utilizas un sistema informático para expedir facturas en territorio común. El SII, los territorios forales y determinadas operaciones excluidas pueden cambiar el resultado; revisa primero el comprobador y las fuentes oficiales enlazadas al final.
Situaciones habituales en programadores y consultores IT
- Mantenimiento mensual o bolsa de horas: cerrar el periodo y preparar una factura revisable con proyecto, fechas y conceptos comprensibles.
- Proyecto por hitos: conservar pedido, aceptación y entrega como soporte y aplicar el devengo que corresponda, sin convertir el hito en una regla fiscal automática.
- Anticipo o señal: documentar el importe cobrado y descontarlo después del saldo sin volver a facturarlo.
- Cliente extranjero: identificar si actúa como empresario o particular, dónde está establecido y qué regla de localización del IVA aplica.
- Plataforma o cliente que emite por cuenta del profesional: validar acuerdo, aceptación, serie e impuestos antes de importar la autofactura.
- Facturación por API: impedir que un reintento por timeout cree dos facturas definitivas para el mismo proyecto o periodo.
- Error tras emitir: conservar el original y aplicar la rectificación procedente en lugar de editar el PDF o reutilizar el número.
De un sprint mensual para una empresa de la UE a la factura
- Cerrar el periodo en la herramienta de proyecto y conservar horas, entregas y aceptación como soporte.
- Confirmar que el cliente actúa como empresario, su establecimiento y el NIF-IVA aplicable.
- Revisar con el Localizador de la AEAT la regla de localización antes de guardar la configuración fiscal.
- Crear un borrador con periodo, proyecto, purchase order, moneda y tratamiento fiscal revisados.
- Emitir una sola vez usando una clave idempotente estable y guardar la respuesta del sistema.
- Enlazar número y estado a la herramienta de proyecto sin copiar información técnica innecesaria.
- Conciliar la factura, el cobro y, cuando corresponda, la información necesaria para el modelo 349.
El ejemplo describe el flujo de trabajo, no decide el IVA, la retención ni el momento fiscal aplicable a un caso concreto.
Qué debería resolver el programa
- Borradores recurrentes con periodo, proyecto, contrato o purchase order revisables antes de emitir.
- Ficha fiscal separada para país, condición empresarial, NIF-IVA, regla de IVA y retención, sin copiar la configuración de otro cliente.
- Monedas e idiomas configurables, mostrando en euros cualquier cuota de IVA repercutida.
- Anticipos, hitos, saldo y rectificaciones enlazados sin duplicar ingresos ni números de factura.
- Declaración responsable accesible para cada sistema y versión, también cuando el propio profesional desarrolla el facturador que utiliza.
- API con clave idempotente, respuesta consultable y conciliación para recuperar el resultado de un timeout sin emitir otra factura.
- Importación de autofacturas de plataformas sin crear en paralelo una segunda factura propia.
- Exportación de facturas, registros, cobros y errores para la asesoría, sin volcar repositorios, tickets o secretos técnicos.
Antes de contratar, pide al proveedor la declaración responsable de la versión que vas a usar y prueba este flujo con un borrador.
Separa el control del proyecto de la factura definitiva
Un parte de horas, ticket, pull request, presupuesto, proforma o solicitud de pago puede justificar el trabajo, pero no es por ello una factura. La FAQ de la AEAT distingue los documentos preparatorios o justificativos del documento definitivo que acredita la operación.
Mantén el detalle técnico en la herramienta de proyecto y traslada al facturador solo el concepto, periodo, importe y referencias necesarios. Define un único sistema como origen de la emisión para que un ERP, una automatización y una plataforma no creen documentos paralelos.
Un facturador desarrollado para uso propio también necesita declaración
La AEAT responde expresamente que el software de facturación desarrollado internamente y utilizado solo por la propia empresa también debe disponer de la declaración responsable prevista en el artículo 13 del Reglamento. En ese caso, quien lo desarrolla es quien declara el cumplimiento del sistema y su versión.
Esto no equivale a una homologación de la AEAT, una auditoría externa o una inscripción previa. Conserva la declaración visible y vinculada a la versión desplegada, y vuelve a evaluar cambios que afecten al comportamiento regulado.
Para clientes empresa de la UE importa dónde está establecido el destinatario
En la regla general B2B, el servicio se localiza donde está establecido el empresario destinatario. La AEAT explica que una prestación desde España a una empresa establecida en otro Estado miembro no está sujeta al IVA español y es una prestación intracomunitaria que se declara en el modelo 349.
No automatices el resultado solo con el dominio del correo o la moneda. Guarda la condición empresarial, el país, el NIF-IVA validado y el establecimiento que recibe el servicio, y revisa las reglas especiales si la operación no es un servicio profesional ordinario.
Un cliente particular extranjero puede cambiar el resultado
Para servicios prestados a particulares, la regla general sitúa la operación donde está establecido el prestador, pero existen excepciones y reglas específicas, incluidas algunas para destinatarios fuera de la UE. Por eso la dirección extranjera no basta para configurar la factura sin IVA.
Antes de guardar una regla permanente en el cliente, consulta el Localizador de prestaciones de servicios de la AEAT y documenta el servicio real. Si vendes servicios digitales automatizados además de consultoría personal, no presupongas que ambos tienen la misma localización.
Puedes facturar en otra moneda, pero la cuota de IVA va en euros
El Reglamento de facturación permite expresar los importes en cualquier moneda. Cuando se repercute IVA, su cuota debe aparecer en euros, convirtiéndola con el tipo de cambio vendedor aplicable en el momento del devengo.
También admite cualquier lengua, aunque la Administración tributaria puede exigir traducción. Prueba el PDF y la exportación contable: moneda del contrato, base, tipo de cambio utilizado y cuota en euros deben seguir siendo legibles y conciliables.
El contrato por hitos no decide por sí solo el devengo
En prestaciones de servicios, la regla general sitúa el devengo cuando se presta o ejecuta el servicio; los pagos anticipados devengan el impuesto por el importe efectivamente percibido. En operaciones de tracto sucesivo, se atiende a cuándo resulta exigible cada parte del precio.
Un sprint cerrado, una demo aceptada o un merge puede ser el hito comercial, pero no reemplaza el análisis fiscal. Configura anticipos, mensualidades y saldo según el contrato y la operación, y no esperes a la última entrega para documentar importes ya cobrados.
IVA y retención son decisiones separadas
La retención no depende de que el cliente sea extranjero ni de que la factura lleve o no IVA. Primero confirma si el rendimiento se califica como profesional y si el pagador está obligado a retener; no apliques una plantilla única a empresas, particulares y plataformas.
Para rendimientos profesionales, la AEAT publica un 15 % general y un 7 % en determinados supuestos, como el inicio de actividad y los dos años siguientes si se cumplen sus condiciones. Pide a la asesoría que confirme la clasificación y el tipo antes de fijarlo como predeterminado.
Una liquidación de plataforma no siempre sustituye la factura
El destinatario o un tercero puede expedir materialmente la factura si existe acuerdo previo, un procedimiento de aceptación y remite una copia al profesional. El documento debe expedirse en nombre y por cuenta de quien realizó la operación, que conserva la responsabilidad sobre sus obligaciones.
Comprueba si el PDF de la plataforma es una factura emitida por tu cuenta, una factura de su comisión o solo una liquidación. Importa el documento correcto y marca la operación como emitida para que tu automatización no cree un duplicado.
Diseña la API para recuperar un resultado, no para repetir una factura
Los registros de facturación deben mantener integridad, trazabilidad e inalterabilidad. En una integración, un timeout no demuestra que la primera petición haya fallado: repetirla sin consultar puede crear otra factura o un segundo registro para la misma operación.
Asigna una clave idempotente estable al cliente, proyecto, periodo e importe; guarda la respuesta; ofrece consulta por esa clave y concilia antes de reintentar. Prueba también caídas, colas, despliegues y procesamiento fuera de orden con la versión declarada del sistema.
Corrige después de emitir sin reescribir el historial
Si cambia el destinatario, el importe o el tratamiento fiscal tras la emisión, no edites el PDF final ni reutilices su número. La AEAT detalla cuándo procede una factura rectificativa y qué identificación debe conservar respecto de la factura corregida.
La API debe distinguir borrador, alta definitiva, anulación y rectificación y exponer ese estado a la herramienta de proyecto. Así se puede rehacer una entrega o una liquidación comercial sin borrar la secuencia fiscal.
Comprobaciones específicas para programadores y consultores IT
- Ámbito del SIF: Jira, GitHub, una hoja de tiempos o una app de proyectos no se convierten en sistema de facturación solo por aportar datos. Revisa las funciones reales: si la herramienta expide facturas o procesa su información para cumplir la obligación de facturar, puede quedar dentro del RRSIF.
- Software propio: si desarrollas internamente el programa con el que facturas, la AEAT indica que también debe existir declaración responsable y que la propia empresa o profesional productor debe emitirla. No es una homologación externa ni exige un registro previo ante la AEAT.
- Cliente empresario extranjero: como regla general, el servicio B2B se localiza donde está establecido el cliente. Si está en otro Estado miembro, la AEAT lo califica como prestación intracomunitaria y señala su declaración en el modelo 349; valida NIF-IVA y operación concreta.
- Cliente particular: la regla general y sus excepciones son distintas de B2B. No elimines el IVA por ver una dirección extranjera; usa el Localizador de prestaciones de servicios de la AEAT para el servicio y cliente concretos.
- Moneda e idioma: la factura puede expresarse en cualquier moneda e idioma, pero cualquier cuota de IVA repercutida debe figurar en euros con el tipo de cambio aplicable. La Administración puede exigir traducción al castellano u otra lengua oficial.
- Retención: no se aplica automáticamente a toda factura de programación. Depende de la calificación del rendimiento y de que el pagador esté obligado; si son rendimientos profesionales, la AEAT publica un 15 % general y un 7 % en determinados supuestos.
- Autofactura de plataforma o cliente: debe existir acuerdo previo, procedimiento de aceptación, copia para el profesional y expedición en su nombre y por su cuenta. El profesional sigue siendo responsable y no debe emitir además otra factura por la misma operación.
- API y reintentos: usa una referencia estable por operación y comprueba el resultado antes de repetir una petición. La trazabilidad exigida al SIF no sustituye este control técnico ni convierte dos altas en una sola factura.
Lleva estos casos al plan de adaptación imprimible: podrás pedir la evidencia de la versión, ejecutar una corrección y comprobar la salida de datos sin limitar la elección al precio.
Tus fechas límite
Si estás dentro del RRSIF y operas como autónomo: 1 de julio de 2027. Si el obligado es una sociedad sujeta al Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2027. Durante 2026 el envío de registros a la AEAT funciona como periodo voluntario de pruebas.
Si hoy emites desde una plantilla, revisa las guías sobre Excel y Word: la AEAT distingue según las funciones y el uso real, no solo por el nombre de la herramienta.
Actividades con procesos relacionados
Fuentes oficiales y revisión
Contenido revisado el a partir de fuentes primarias. Los enlaces llevan al texto oficial vigente o a la información del organismo competente.
- AEAT: guía oficial sobre VERI*FACTU
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025 (plazos de 2027)
- AEAT: facturas completas y simplificadas
- BOE: Reglamento de obligaciones de facturación
- AEAT: tipos impositivos de IVA vigentes
- AEAT: quién debe practicar retenciones
- BOE: Ley 37/1992 del IVA
- AEAT: facturas, borradores, proformas y otros documentos
- AEAT: FAQ sobre el ámbito de aplicación de los SIF
- AEAT: declaración responsable del software de facturación propio
- AEAT: localización del IVA en prestaciones de servicios
- AEAT: devengo del IVA en anticipos, servicios y ejecuciones de obra
- AEAT: tipos de retención de rendimientos profesionales
- AEAT: facturas expedidas materialmente por el destinatario o un tercero
- AEAT: trazabilidad cuando hay uno o varios TPV
- AEAT: cuándo emitir una factura rectificativa