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Normas y criterios oficiales · revisado 2026-08-10

Cambios de Verifactu: fechas 2027 y aclaraciones oficiales

Verifactu ya se ha aplazado dos veces y muchas webs siguen mostrando fechas viejas. Esta página separa los cambios publicados en el BOE de las aclaraciones prácticas de la AEAT: una pregunta frecuente puede explicar cómo aplica la norma, pero no modifica la ley ni las fechas.

Estado actual: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. 2026 es periodo voluntario de pruebas. Ver calendario completo →

Aclaraciones oficiales que no cambian la norma

La AEAT fecha su recopilación de preguntas frecuentes más reciente el 21 de julio de 2026. Estas respuestas ayudan a aplicar el RRSIF, pero no son un nuevo aplazamiento ni sustituyen al BOE.

AEAT · FAQ actualizada 21-07-2026

Probar VERI*FACTU en 2026 no obliga a permanecer durante todo el año

Antes de la fecha obligatoria, la AEAT permite dejar de emitir y remitir registros de prueba con un sistema VERI*FACTU y volver a otro sistema. La permanencia hasta el final del año natural se aplica cuando, una vez obligatorio el RRSIF, se comienza a remitir efectivamente con la modalidad VERI*FACTU.

Consultar la aclaración de la AEAT → · Qué puedes probar antes de tu fecha límite

AEAT · FAQ actualizada 21-07-2026

Conservar históricos no equivale a mantener operativo el programa antiguo

La AEAT explica que conservar la base de datos antigua solo para guardar o consultar facturas históricas podría no vulnerar la normativa si el programa ya no permite expedir facturas. Si una versión no adaptada conserva esa capacidad cuando ya te resulta exigible el RRSIF, su tenencia puede entrar en el supuesto sancionador, previa valoración del caso.

Consultar la aclaración de la AEAT → · Cómo cerrar la migración · Qué dice el artículo 201 bis

Cronología de cambios normativos

2025-12-11

El Congreso convalida el aplazamiento a 2027

El Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley 15/2025, manteniendo el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados.

Qué supone para ti: La convalidación mantiene las fechas de 2027; solo otra norma podría modificarlas.

2025-12-03

BOE: Verifactu se aplaza a 2027 (RDL 15/2025)

Se publica el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que aplaza por segunda vez la obligación: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades al 1 de enero de 2027 y resto de obligados al 1 de julio de 2027. 2026 pasa a ser un periodo voluntario de pruebas.

Qué supone para ti: Las antiguas fechas de 2026 quedaron sustituidas por las de 2027.

2025-07-29

Los desarrolladores de software, ya obligados

En esta fecha venció el plazo general para que productores y comercializadores ofrecieran productos adaptados. Los sistemas incluidos en contratos de mantenimiento plurianuales anteriores tienen una regla transitoria específica.

Qué supone para ti: Ya puedes exigir a tu proveedor la declaración responsable de tu versión.

2025-04-02

RD 254/2025: primer aplazamiento y ajustes

Se publica el Real Decreto 254/2025, que entonces amplió los plazos a 2026 y modificó los artículos 4 y 6 del reglamento. Esas fechas fueron sustituidas después por el RDL 15/2025.

Qué supone para ti: Fue el primer aplazamiento; para planificar hoy deben usarse las fechas vigentes de 2027.

2024-10-28

Orden HAC/1177/2024: especificaciones técnicas

Se aprueban las especificaciones técnicas y funcionales: formato de los registros, huella encadenada (hash), código QR, declaración responsable y servicios de remisión a la AEAT.

Qué supone para ti: Los fabricantes ya tienen las reglas exactas para adaptar sus programas.

2023-12-06

RD 1007/2023: nace el reglamento Verifactu

Se publica en el BOE el Real Decreto 1007/2023 (RRSIF), que establece los requisitos de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

Qué supone para ti: Punto de partida de todo el sistema Verifactu.

¿Puede volver a aplazarse?

Nadie lo sabe, y planificar contando con ello es mala idea: el aplazamiento de diciembre de 2025 llegó con menos de un mes de margen. Lo sensato es usar 2026, el periodo de pruebas, para migrar con calma. Comprueba tu situación →

Fuentes oficiales y revisión

Contenido revisado el a partir de fuentes primarias. Los enlaces llevan al texto oficial vigente o a la información del organismo competente.