Verifactu para tiendas online: Shopify, ecommerce y facturas
Shopify, WooCommerce o un marketplace pueden registrar pedido, pago y envío sin expedir la factura fiscal. Una tienda online preparada para Verifactu debe definir qué sistema factura, cuándo un cobro o entrega activa la emisión, cómo trata ventas UE y cómo relaciona devoluciones y reintentos sin borrar ni duplicar documentos.
Esta guía parte del supuesto de que utilizas un sistema informático para expedir facturas en territorio común. El SII, los territorios forales y determinadas operaciones excluidas pueden cambiar el resultado; revisa primero el comprobador y las fuentes oficiales enlazadas al final.
Situaciones habituales en tiendas online
- Pedido autorizado, cobrado y enviado: distinguir cada estado y elegir el que corresponde al devengo validado.
- Venta a particular o empresa: decidir factura simplificada o completa y solicitar antes los datos necesarios.
- Shopify, WooCommerce y marketplaces: determinar si la plataforma solo aporta datos o expide materialmente por cuenta del vendedor.
- Devolución, descuento posterior o contracargo: enlazar reembolso y rectificación con la factura original.
- Pedido editado, dividido o enviado en varios paquetes: impedir que cada webhook genere una factura nueva.
- Ventas a otros países de la UE: transmitir destino, identificación y configuración de IVA u OSS sin completar datos a mano.
De un pedido web a una factura sin duplicados
- Distinguir la autorización de la pasarela del cobro efectivo y de la puesta a disposición del producto.
- Aplicar al pedido el hito de emisión que la asesoría haya validado para esa operación.
- Enviar una clave única junto con líneas, portes, descuentos, impuestos, país y destinatario.
- Crear un borrador o proforma mientras falten datos, sin presentarlo como factura definitiva.
- Expedir una sola vez y devolver número, serie y estado al pedido de Shopify o la plataforma utilizada.
- Reprocesar un webhook sin crear otra factura para la misma clave.
- Conciliar a diario pedidos cobrados, facturas emitidas, rectificaciones y errores pendientes.
- Gestionar una devolución mediante el flujo de rectificación, sin borrar el documento original.
El ejemplo describe el flujo de trabajo, no decide el IVA, la retención ni el momento fiscal aplicable a un caso concreto.
Qué debería resolver el programa
- Un identificador fiscal único por pedido y una regla idempotente para webhooks repetidos.
- Estado exacto que activa la emisión: cobro, puesta a disposición u otro hito validado para la operación.
- Factura completa y simplificada con los datos y restricciones que correspondan.
- Sincronización de productos, tipos, portes, descuentos y divisa sin aplicar un IVA único al carrito.
- Recogida de NIF, razón social y domicilio cuando la factura completa o la deducción los requieran.
- Reglas separadas para España, ventas intracomunitarias y operaciones declaradas mediante OSS.
- Devoluciones totales y parciales mediante rectificación vinculada, sin eliminar la factura original.
- Cola de errores, reintentos y conciliación que detecte pedidos omitidos y facturas duplicadas.
- Declaración responsable de la versión que expide y alcance documentado de la app, conector o desarrollo propio.
Antes de contratar, pide al proveedor la declaración responsable de la versión que vas a usar y prueba este flujo con un borrador.
Pedido, recibo, albarán y proforma no son la factura definitiva
La AEAT limita el RRSIF a los sistemas utilizados para expedir facturas completas o simplificadas. La confirmación de pedido, el recibo de la pasarela y el albarán pueden documentar otros hitos, pero no sustituyen automáticamente el documento fiscal.
Se permite preparar un borrador o proforma, siempre que finalmente se sustituya por la factura oficial entregada al cliente. Hasta entonces no lleva el QR tributario; una vez expedida la factura y generado su registro, ya no puede volver a tratarse como borrador ni editarse como si nunca hubiera existido.
Autorización, cobro y entrega pueden ocurrir en fechas distintas
En una entrega de bienes, la AEAT sitúa el devengo general cuando el producto se pone a disposición del cliente. Si antes se cobra total o parcialmente, el pago anticipado produce el devengo por el importe efectivamente percibido.
Una mera autorización de tarjeta que aún no se ha capturado no debe confundirse con un cobro. Define con la asesoría qué evento de Shopify, WooCommerce o la pasarela demuestra el hito aplicable y evita emitir solo porque se creó el pedido.
Marketplace o conector: quién factura y quién responde
Un marketplace o un tercero puede confeccionar materialmente la factura, pero eso no convierte automáticamente a la plataforma en responsable de la obligación. La AEAT mantiene la responsabilidad en el empresario o profesional que realiza la operación, incluso cuando delega el cumplimiento material.
Documenta qué entidad actúa en nombre y por cuenta de quién, qué sistema asigna número y serie, quién genera y remite el registro y qué facultad o apoderamiento utiliza. No basta con instalar una app que envía un PDF o con que el marketplace gestione el cobro.
El ticket de 3.000 € no sirve para todas las ventas online
La factura simplificada se permite con carácter general hasta 400 € IVA incluido y, hasta 3.000 €, en operaciones enumeradas como las ventas al por menor a consumidores finales. Una tienda online no obtiene ese umbral especial solo por vender a particulares.
La AEAT excluye expresamente la simplificada en entregas intracomunitarias y en determinadas ventas a distancia de bienes entregados en España desde otro Estado miembro. Si el supuesto no está permitido, genera factura completa y recoge los datos antes de expedirla.
La integración debe pedir los datos antes de cerrar la factura
La factura completa identifica a expedidor y destinatario, describe las operaciones, muestra precios unitarios sin IVA, descuentos no incluidos en ellos, tipos y cuota separada. Una dirección de envío o un nombre de usuario no siempre contienen los datos fiscales necesarios.
Ofrece un flujo claro para solicitar factura a empresa y validar NIF, razón social y domicilio antes de la emisión. Si el cliente necesita deducir con una simplificada, la AEAT exige además NIF y domicilio del destinatario y cuota repercutida separada.
Portes, cupones y carritos mixtos necesitan reglas fiscales
La AEAT incluye en la contraprestación créditos como comisiones, portes, transporte y seguros cobrados al cliente. En cambio, los descuentos y bonificaciones concedidos antes o al realizar la operación pueden no integrar la base cuando cumplen sus requisitos.
No envíes portes y cupones al facturador como texto sin tratamiento fiscal. Prueba envío gratuito, descuento por línea, cupón global y carrito con productos a tipos distintos; la factura, el total cobrado y la contabilidad deben cuadrar.
Vender a la UE no significa aplicar siempre la misma regla española
La guía de comercio electrónico de la AEAT publica un umbral común de 10.000 € para determinadas ventas transfronterizas de bienes a consumidores de otros Estados miembros. Por debajo puede seguir aplicándose la normativa española en los supuestos descritos; por encima, el IVA se paga en el Estado del comprador y la OSS puede simplificar la declaración.
El umbral no sustituye el análisis de cada operación. Guarda país de salida y destino, condición del cliente, NIF-IVA cuando exista y régimen utilizado; no decidas el IVA solo por la moneda, el dominio de la tienda o la dirección de facturación.
Una devolución no consiste en borrar la factura
Si la factura ya se ha emitido y la devolución, resolución o cambio posterior modifica su base imponible, la AEAT incluye esos supuestos entre los que pueden exigir una factura rectificativa. Esta debe indicar su condición, la causa y los datos identificativos de la factura rectificada.
El reembolso o contracargo en la pasarela y la rectificación fiscal son eventos distintos. Prueba devoluciones totales, parciales y de una sola línea; el conector debe conservar pedido, factura original, causa, rectificación y movimiento de pago.
Los reintentos deben preservar una factura y su trazabilidad
Cuando una factura definitiva necesita subsanarse o anularse, el RRSIF exige nuevos registros; no permite alterar el registro inicial. En una integración, el mismo pedido debe conservar la referencia al documento expedido aunque un webhook se repita o llegue fuera de orden.
Simula caída de red después de emitir pero antes de responder a Shopify. Al reintentar, el conector debe recuperar la factura existente, no asignar otro número. Si varias tiendas o terminales expiden de forma independiente, documenta qué SIF y cadena genera cada una.
La factura no necesita todo el perfil del comprador
La protección de datos por defecto exige limitar cantidad, extensión y accesibilidad a lo necesario para la finalidad. El facturador necesita los datos fiscales y de la operación, no el historial de navegación, etiquetas de marketing, notas de atención al cliente o perfiles completos de la tienda.
Mapea solo los campos necesarios y limita qué aplicaciones pueden leer facturas y direcciones. Conserva consentimientos comerciales y analítica en sus sistemas propios; no los copies al concepto ni al registro fiscal.
Comprobaciones específicas para tiendas online
- Documento correcto: pedido, correo de confirmación, recibo de pago, albarán, borrador y proforma no se convierten en factura fiscal solo por incluir importes. Identifica el documento definitivo que lleva número, serie y, cuando proceda, QR.
- Momento de emisión: una autorización de tarjeta que todavía no es cobro no equivale al pago anticipado. Para bienes, la AEAT sitúa el devengo general cuando se ponen a disposición; si existe cobro anticipado, por el importe efectivamente cobrado.
- Quién factura: un marketplace o conector puede expedir materialmente por cuenta del vendedor si se cumplen las condiciones, pero delegar no elimina la responsabilidad del obligado a facturar.
- Factura simplificada: el umbral general es 400 € y la venta al por menor puede llegar a 3.000 € IVA incluido, pero la AEAT prohíbe la simplificada en operaciones concretas, incluidas entregas intracomunitarias y determinadas ventas a distancia.
- Venta UE: no configures «fuera de España = sin IVA». La AEAT publica un umbral común de 10.000 € para determinadas ventas transfronterizas B2C y la posibilidad de declarar el IVA de destino mediante OSS.
- Portes y descuentos: los portes y transporte cobrados forman parte normalmente de la contraprestación; los descuentos previos o simultáneos pueden quedar fuera si cumplen los requisitos. Prueba carritos con varios tipos de IVA.
- Devolución o contracargo: el abono de la pasarela no rectifica por sí solo la factura. Relaciona reembolso, causa y factura rectificativa cuando corresponda.
- API y webhooks: prueba creación, pago, edición, cancelación, devolución total y parcial, fallo temporal y reintento. La misma clave de pedido no debe producir dos facturas definitivas.
- Versión declarada: no des por cubierta la integración porque el facturador principal sea conforme. Pide qué versión expide, qué parte realiza el conector y cómo se documenta en la declaración responsable.
Lleva estos casos al plan de adaptación imprimible: podrás pedir la evidencia de la versión, ejecutar una corrección y comprobar la salida de datos sin limitar la elección al precio.
Tus fechas límite
Si estás dentro del RRSIF y operas como autónomo: 1 de julio de 2027. Si el obligado es una sociedad sujeta al Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2027. Durante 2026 el envío de registros a la AEAT funciona como periodo voluntario de pruebas.
Si hoy emites desde una plantilla, revisa las guías sobre Excel y Word: la AEAT distingue según las funciones y el uso real, no solo por el nombre de la herramienta.
Actividades con procesos relacionados
Fuentes oficiales y revisión
Contenido revisado el a partir de fuentes primarias. Los enlaces llevan al texto oficial vigente o a la información del organismo competente.
- AEAT: guía oficial sobre VERI*FACTU
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025 (plazos de 2027)
- AEAT: facturas completas y simplificadas
- BOE: Reglamento de obligaciones de facturación
- AEAT: tipos impositivos de IVA vigentes
- AEAT: quién debe practicar retenciones
- BOE: Ley 37/1992 del IVA
- AEAT: facturas, borradores, proformas y otros documentos
- AEAT: devengo del IVA en anticipos, servicios y ejecuciones de obra
- AEAT: delegación de la facturación y los registros del SIF
- AEAT: contenido obligatorio de facturas completas y simplificadas
- AEAT: base imponible del IVA y requisitos de los suplidos
- AEAT: IVA, OSS y ventas a distancia en la UE
- AEAT: cuándo emitir una factura rectificativa
- AEAT: trazabilidad cuando hay uno o varios TPV
- AEPD: protección de datos por defecto y minimización
- AEAT: FAQ sobre el ámbito de aplicación de los SIF