¿Qué IVA cobra un masajista? 21 %, exención y Verifactu
La AEAT cita expresamente a los masoterapistas entre quienes no tienen la condición de profesionales médicos o sanitarios a efectos de la exención: sus servicios están sujetos y no exentos de IVA. No confundas ese supuesto con una prestación real de fisioterapia de diagnóstico, prevención o tratamiento; el programa debe distinguir profesional, servicio, bono y emisor antes de facturar.
Esta guía parte del supuesto de que utilizas un sistema informático para expedir facturas en territorio común. El SII, los territorios forales y determinadas operaciones excluidas pueden cambiar el resultado; revisa primero el comprobador y las fuentes oficiales enlazadas al final.
Situaciones habituales en masajistas y quiromasajistas
- Sesión de masaje: enlazar cita, servicio, cobro y factura sin copiar notas personales de la agenda.
- Fisioterapia sanitaria: conservar la identidad y titulación del profesional y describir la finalidad asistencial real antes de aplicar una exención.
- Bono de sesiones: revisar cuándo se concreta el servicio y controlar los usos sin alterar el documento emitido.
- Centro compartido: distinguir alquiler de cabina, comisión, cobro por recepción y servicio facturado al usuario.
- Servicio a domicilio: confirmar lugar, importe y destinatario antes de elegir factura completa o simplificada.
- Cancelación o devolución: documentar el cambio y rectificar cuando corresponda sin borrar la factura original.
Gestionar un bono en un centro compartido
- Confirmar qué profesional presta cada servicio y con qué finalidad.
- Revisar si el bono concreta ya las sesiones y su tratamiento fiscal.
- Registrar condiciones, importe, cobro y documento correspondiente.
- Si recepción expide por el profesional, comprobar acuerdo, aceptación, copia y emisión en su nombre y por su cuenta.
- Descontar cada sesión solo en el control operativo del bono.
- Emitir una única factura desde el sistema definido y no duplicarla desde la agenda o el TPV.
- Mantener el documento original intacto y enlazar cualquier devolución o rectificación.
El ejemplo describe el flujo de trabajo, no decide el IVA, la retención ni el momento fiscal aplicable a un caso concreto.
Qué debería resolver el programa
- Conceptos y configuraciones fiscales diferenciados para masaje, fisioterapia y otros servicios.
- Control de bonos, saldo y agenda separado de las facturas ya emitidas.
- Perfiles, series y datos fiscales separados cuando trabajan varios profesionales.
- Identificación visible del prestador y emisor antes de cobrar desde recepción o TPV.
- Facturas completas y simplificadas con los datos adicionales exigibles al destinatario.
- Emisión móvil desde cabina o domicilio con un único registro definitivo.
- Rectificaciones enlazadas con el documento original y motivo del cambio.
- Notas de salud y preferencias protegidas fuera de la descripción económica.
Antes de contratar, pide al proveedor la declaración responsable de la versión que vas a usar y prueba este flujo con un borrador.
La AEAT no incluye al masoterapista entre los profesionales sanitarios
La AEAT distingue la asistencia sanitaria exenta de otros servicios y menciona expresamente a digitopuntores, acupuntores, naturópatas y masoterapistas: no los considera profesionales médicos o sanitarios a estos efectos y califica sus servicios como sujetos y no exentos de IVA.
Por tanto, no configures una exención solo porque el servicio se anuncie como terapéutico, bienestar, recuperación o quiromasaje. Identifica la prestación y quién la realiza; si no encaja en una exención ni en un tipo reducido concreto, se aplica el tipo general.
El tipo general es el 21 %
El artículo 90 de la Ley del IVA fija el 21 % como tipo general salvo los supuestos expresamente incluidos en el artículo 91. La etiqueta comercial del centro o la finalidad de bienestar no crean por sí solas un tipo reducido.
Mantén conceptos separados para masaje, fisioterapia, productos y otros servicios. Un catálogo claro facilita que la asesoría valide cada configuración sin extender el tratamiento de una línea a toda la actividad.
Fisioterapia es una profesión sanitaria, pero el título no basta
La Ley 44/2003 incluye la Fisioterapia entre las profesiones sanitarias tituladas y reguladas. Esa condición no se traslada a otra persona por trabajar en el mismo centro, usar técnicas parecidas o presentar el servicio bajo una marca común.
Guarda perfiles separados por profesional, titulación y serie de facturación. Si una misma empresa ofrece servicios distintos, la persona que atiende y la naturaleza real de cada prestación deben quedar claras antes de elegir el tratamiento fiscal.
La exención sanitaria depende también de la finalidad real
Según la AEAT, la asistencia a personas físicas prestada por un profesional médico o sanitario está exenta cuando consiste en diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades. Una prestación con finalidad meramente relajante, estética o de bienestar no obtiene la exención solo porque la realice un fisioterapeuta.
Describe el servicio con precisión económica, sin revelar datos clínicos innecesarios, y valida con la asesoría los casos fronterizos. El nombre del producto en el TPV no sustituye el análisis de quién presta qué servicio y con qué finalidad.
Una operación sanitaria exenta también puede exigir factura
La AEAT excluye los servicios sanitarios y hospitalarios de la excepción de facturar que alcanza a muchas otras operaciones exentas. Por eso, exento de IVA no significa sin factura ni permite sustituirla por la cita o el justificante del datáfono.
El documento debe identificar al emisor, destinatario cuando corresponda y operación. Configura el motivo de exención validado y evita mostrar una cuota de IVA como si se hubiera repercutido.
El bono requiere separar cobro, documento fiscal y consumo
La obligación general de facturar incluye los pagos anticipados, pero el tratamiento de un bono depende de cuánto se conozca al venderlo: profesional, servicio, lugar y fiscalidad. No todos los bonos abiertos y todos los paquetes cerrados tienen necesariamente el mismo momento fiscal.
Registra importe, condiciones y cobro; enlaza el documento que corresponda y lleva el saldo de sesiones en la agenda. Consumir una cita no debe reescribir una factura ya emitida ni generar otra factura automática por el mismo importe.
El límite de 3.000 € no corresponde a cualquier centro de masajes
La factura simplificada tiene un límite general de 400 € IVA incluido. La AEAT eleva el límite a 3.000 € únicamente para una lista de operaciones, entre ellas servicios de institutos de belleza y servicios prestados en el domicilio del consumidor.
No conviertas un centro de masajes en instituto de belleza solo para usar el límite especial. Comprueba la actividad y el lugar reales. Si el destinatario necesita deducir el IVA o ejercer un derecho tributario, añade NIF, domicilio y cuota repercutida a la factura simplificada.
La recepción puede expedir la factura, pero el prestador sigue siendo responsable
La AEAT permite que el destinatario o un tercero expida materialmente la factura. Exige acuerdo previo que identifique las operaciones, un procedimiento de aceptación de cada factura, el envío de una copia al prestador y que el documento se expida en nombre y por cuenta de este.
En un centro compartido, documenta si recepción solo cobra, si actúa como tercero facturador o si el propio centro presta el servicio. Cada profesional conserva la responsabilidad de cumplir sus obligaciones; un datáfono común no debe ocultar el emisor real ni duplicar la factura.
La factura no necesita la historia de la sesión
La AEPD exige tratar por defecto solo la cantidad de datos necesaria, durante el tiempo y con la accesibilidad imprescindibles. Dolencias, contraindicaciones, presión preferida, fotografías o zonas tratadas no deben copiarse automáticamente desde la agenda al documento económico.
Deja esas notas en el sistema operativo o sanitario con permisos adecuados. En la factura basta una descripción que identifique la operación, la fecha o periodo y, cuando sea útil, una referencia interna sin revelar información personal excesiva.
Cancelaciones y devoluciones se corrigen sin borrar
Si se devuelve un bono, cambia el precio o se identifica al destinatario equivocado después de emitir, la AEAT prevé la factura rectificativa en los supuestos aplicables. Conserva el motivo, el documento original y la relación entre ambos.
No borres la factura porque se haya anulado una cita ni la edites para cuadrarla con el saldo de la agenda. Facturación, cobro y consumo son registros conectados, pero cada uno conserva su propio historial.
Comprobaciones específicas para masajistas y quiromasajistas
- Masoterapia: la AEAT afirma que los masoterapistas no están incluidos entre los profesionales médicos o sanitarios y que sus servicios están sujetos y no exentos. Si no resulta aplicable otro supuesto legal, rige el tipo general del 21 %.
- Fisioterapia: la ley reconoce al fisioterapeuta como profesión sanitaria titulada, pero la exención depende además de que la prestación a una persona física consista en diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.
- Factura aun con exención: los servicios sanitarios y hospitalarios no quedan incluidos en la excepción general de facturar prevista para muchas operaciones exentas. Exento de IVA no significa sin factura.
- Bonos y prepago: documenta el cobro según lo que el bono permita conocer y valida cuándo se devenga cada operación. No modifiques una factura emitida para ir descontando sesiones.
- Factura simplificada: el límite general es 400 € IVA incluido. El límite de 3.000 € solo cubre supuestos enumerados; no llames «instituto de belleza» a cualquier centro de masajes, aunque un servicio realmente prestado en el domicilio del consumidor sí figura en la lista.
- Centro compartido: si recepción expide materialmente por otro profesional, formaliza el acuerdo previo, el procedimiento de aceptación, la entrega de una copia y la expedición en nombre y por cuenta del prestador.
- Un solo emisor: compartir agenda o datáfono no cambia quién presta el servicio. Evita que recepción y profesional creen dos facturas para la misma sesión.
- Privacidad: usa una descripción económica suficiente, pero no vuelques dolencias, zonas tratadas, contraindicaciones o notas de la agenda en la factura.
- Cambios: una cancelación, devolución o identificación errónea se corrige mediante el procedimiento que corresponda, conservando la trazabilidad del documento original.
Lleva estos casos al plan de adaptación imprimible: podrás pedir la evidencia de la versión, ejecutar una corrección y comprobar la salida de datos sin limitar la elección al precio.
Tus fechas límite
Si estás dentro del RRSIF y operas como autónomo: 1 de julio de 2027. Si el obligado es una sociedad sujeta al Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2027. Durante 2026 el envío de registros a la AEAT funciona como periodo voluntario de pruebas.
Si hoy emites desde una plantilla, revisa las guías sobre Excel y Word: la AEAT distingue según las funciones y el uso real, no solo por el nombre de la herramienta.
Actividades con procesos relacionados
Fuentes oficiales y revisión
Contenido revisado el a partir de fuentes primarias. Los enlaces llevan al texto oficial vigente o a la información del organismo competente.
- AEAT: guía oficial sobre VERI*FACTU
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025 (plazos de 2027)
- AEAT: facturas completas y simplificadas
- BOE: Reglamento de obligaciones de facturación
- AEAT: tipos impositivos de IVA vigentes
- AEAT: quién debe practicar retenciones
- BOE: Ley 37/1992 del IVA
- AEAT: exenciones en operaciones médicas y sanitarias
- BOE: Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias
- AEAT: excepciones a la obligación de facturar
- AEAT: obligación general de expedir factura y anticipos
- AEAT: límites y contenido de las facturas simplificadas
- AEAT: facturas expedidas materialmente por el destinatario o un tercero
- AEAT: cuándo emitir una factura rectificativa
- AEPD: protección de datos por defecto y minimización
- AEAT: FAQ sobre el ámbito de aplicación de los SIF