Verifactu para electricistas: obras, boletines y facturas
Un electricista puede combinar averías a particulares, mantenimientos, anticipos e instalaciones dentro de una obra. Verifactu afecta al sistema que expide la factura, pero antes hay que distinguir parte, presupuesto, certificado técnico y documento fiscal, y configurar correctamente la factura simplificada o la inversión del sujeto pasivo cuando corresponda.
Esta guía parte del supuesto de que utilizas un sistema informático para expedir facturas en territorio común. El SII, los territorios forales y determinadas operaciones excluidas pueden cambiar el resultado; revisa primero el comprobador y las fuentes oficiales enlazadas al final.
Situaciones habituales en electricistas
- Averías en viviendas: identificar al cliente, cerrar desplazamiento, horas y material y decidir qué tipo de factura procede.
- Instalaciones para promotores o contratistas: asociar obra, contrato y destinatario antes de configurar el IVA.
- Subcontratas de construcción o rehabilitación: comprobar si concurre la inversión del sujeto pasivo sin extenderla a cualquier reparación.
- Anticipos para comprar material: documentar el cobro antes de descontarlo en la factura posterior.
- Mantenimientos de comunidades y empresas: relacionar parte, periodo, pedido y factura sin duplicar la operación.
De una avería doméstica a la factura
- Abrir el parte con cliente, dirección y problema comunicado.
- Registrar desplazamiento, tiempo y materiales realmente utilizados.
- Confirmar el destinatario y si el servicio se realizó en el domicilio del consumidor.
- Elegir factura completa o simplificada según el importe y la información que necesita el cliente.
- Emitir una sola vez desde el sistema conforme y conciliar el cobro.
- Archivar el parte y, cuando corresponda, el certificado eléctrico sin confundirlos con la factura.
El ejemplo describe el flujo de trabajo, no decide el IVA, la retención ni el momento fiscal aplicable a un caso concreto.
Qué debería resolver el programa
- Partes móviles con dirección, aceptación, horas, desplazamiento y materiales realmente utilizados.
- Organización por cliente, obra, contrato, fase y número de pedido.
- Conversión de presupuesto o parte a factura sin volver a introducir conceptos ni destinatario.
- Configuración por operación para IVA ordinario e inversión del sujeto pasivo, con las menciones necesarias.
- Anticipos y saldo final enlazados sin borrar ni duplicar el primer documento.
- Adjuntos separados para proyecto, memoria, certificado de instalación, fotografías y factura.
- Rectificativas y anulaciones que conserven la numeración y la trazabilidad del documento original.
Antes de contratar, pide al proveedor la declaración responsable de la versión que vas a usar y prueba este flujo con un borrador.
Parte, presupuesto, certificado eléctrico y factura no son lo mismo
El parte acredita qué se pidió o ejecutó; el presupuesto recoge una oferta; y el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión exige, para las instalaciones a las que resulte aplicable, documentación técnica y un certificado de instalación al finalizar las obras y las verificaciones. Ese certificado identifica características, potencia, empresa instaladora y conformidad técnica.
La factura cumple otra finalidad y debe contener los datos fiscales exigibles. Guarda todos los documentos bajo el mismo expediente de trabajo, pero con su nombre, fecha e identificador propios. Entregar un boletín o certificado no sustituye la obligación de expedir factura cuando existe.
La inversión del sujeto pasivo no se aplica a cualquier trabajo eléctrico
La AEAT limita este supuesto a ejecuciones de obra, con o sin materiales, para urbanizar terrenos o construir o rehabilitar edificaciones, derivadas de contratos entre promotor y contratista. También alcanza la cadena de subcontratación cuando el trabajo forma parte de esa ejecución de obra.
Una avería doméstica, un mantenimiento preventivo o el cambio aislado de un cuadro no deben marcarse automáticamente como inversión del sujeto pasivo por realizarse en un inmueble. Confirma la naturaleza de la actuación, el contrato y la condición del destinatario. Cuando la inversión proceda, la factura debe incluir esa mención y no repercutir una cuota como si fuera IVA ordinario.
Qué debe identificar una factura de obra o instalación
La factura completa debe identificar a emisor y destinatario, describir las operaciones con los datos necesarios para determinar la base imponible e incluir precios unitarios sin impuesto y descuentos cuando correspondan. También debe reflejar la fecha de la operación o del anticipo si difiere de la expedición.
No hace falta convertir la factura en una memoria técnica, pero expresiones genéricas como «trabajos eléctricos» pueden impedir entender qué obra, fase o servicio se documenta. Usa conceptos suficientes —por ejemplo, instalación, materiales, mano de obra y referencia de obra— y deja mediciones, esquemas y fotografías en el expediente.
Factura simplificada en una reparación a domicilio
Con carácter general, la factura simplificada se permite hasta 400 € IVA incluido. La AEAT eleva el límite a 3.000 € para las ventas o servicios a domicilio del consumidor, por lo que una reparación realizada realmente en su vivienda puede encajar en ese supuesto; el límite no nace solo de que el cliente sea particular.
Si el destinatario es un empresario o profesional que necesita deducir el impuesto, o un particular que exige la factura para ejercer un derecho tributario, la simplificada debe añadir su NIF, domicilio y la cuota repercutida. El programa debe poder capturar esos datos sin emitir una segunda factura para el mismo trabajo.
Anticipos, hitos y fecha de la factura
Cuando cobras un anticipo antes de ejecutar la instalación, el IVA se devenga en ese momento por el importe efectivamente percibido, salvo las excepciones indicadas por la norma, y la AEAT exige expedir factura por los pagos anticipados. No trates la señal para materiales como un apunte sin documento hasta terminar.
En servicios, el devengo general se produce al prestarlos; en ejecuciones de obra con materiales, cuando los bienes se ponen a disposición del dueño, con reglas particulares para Administraciones. Relaciona anticipo, certificación o hito y factura final, pero no hagas depender la fecha fiscal únicamente de cuándo el cliente paga el saldo.
Extras y errores después de expedir
Si aparece un extra antes de emitir, actualiza el presupuesto o la aceptación y prepara la factura correcta. Si la factura ya se expidió y no cumple un requisito, cambió la base imponible o se repercutió mal el IVA, la AEAT establece los supuestos en los que debe emitirse una factura rectificativa.
La rectificativa debe identificar la factura original, explicar la causa y reflejar la corrección. Un trabajo adicional posterior puede ser una operación nueva en vez de una rectificación: documenta cuándo se encargó y qué modifica, y valida la clasificación antes de emitir.
Comprobaciones específicas para electricistas
- Destinatario real: confirma si facturas al particular, a la comunidad, al promotor, al contratista, a otro subcontratista o a una Administración. La dirección de la instalación no identifica por sí sola al destinatario fiscal.
- Naturaleza de la obra: una reparación o un mantenimiento no se convierte automáticamente en construcción o rehabilitación. Documenta el contrato y el lugar que ocupa tu trabajo en la cadena antes de aplicar la inversión del sujeto pasivo.
- Factura simplificada: el límite general es 400 € IVA incluido; la AEAT permite hasta 3.000 € en ventas o servicios a domicilio del consumidor. No traslades ese límite a trabajos en locales, obras o clientes empresariales sin comprobar el supuesto.
- Anticipos: si cobras total o parcialmente antes de ejecutar, registra el cobro y expide la factura correspondiente; no esperes siempre al cierre de la instalación.
- Certificado eléctrico: cuando el REBT exige certificado de instalación, archívalo como documento técnico propio. No lo uses como sustituto del documento fiscal ni copies todos sus datos a la factura.
- Cambios posteriores: si la factura ya se expidió y cambian precios, base o cuota, revisa si procede una rectificativa. No reescribas el PDF original ni reutilices su número para otra versión.
Lleva estos casos al plan de adaptación imprimible: podrás pedir la evidencia de la versión, ejecutar una corrección y comprobar la salida de datos sin limitar la elección al precio.
Tus fechas límite
Si estás dentro del RRSIF y operas como autónomo: 1 de julio de 2027. Si el obligado es una sociedad sujeta al Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2027. Durante 2026 el envío de registros a la AEAT funciona como periodo voluntario de pruebas.
Si hoy emites desde una plantilla, revisa las guías sobre Excel y Word: la AEAT distingue según las funciones y el uso real, no solo por el nombre de la herramienta.
Actividades con procesos relacionados
Fuentes oficiales y revisión
Contenido revisado el a partir de fuentes primarias. Los enlaces llevan al texto oficial vigente o a la información del organismo competente.
- AEAT: guía oficial sobre VERI*FACTU
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025 (plazos de 2027)
- AEAT: facturas completas y simplificadas
- BOE: Reglamento de obligaciones de facturación
- AEAT: tipos impositivos de IVA vigentes
- AEAT: quién debe practicar retenciones
- BOE: Ley 37/1992 del IVA
- BOE: documentación y certificado de instalaciones eléctricas de baja tensión
- AEAT: inversión del sujeto pasivo en construcción y subcontratas
- AEAT: contenido obligatorio de facturas completas y simplificadas
- AEAT: límites y contenido de las facturas simplificadas
- AEAT: obligación general de expedir factura y anticipos
- AEAT: devengo del IVA en anticipos, servicios y ejecuciones de obra
- AEAT: cuándo emitir una factura rectificativa
- AEAT: FAQ sobre el ámbito de aplicación de los SIF